El amor es ciego y no conoce fronteras, sobre todo en una mundo cada vez más
globalizado.
La otra cara del aumento del número de relaciones y matrimonios internacionales es el
aumento del número de separaciones o divorcios internacionales. En tal situación de
conflictos, uno de los padres podría:
- decidir de trasladar su(s) hijo(s) de su residencia habitual a otro país; o
- decidir de dejar su(s) hijo(s) en otro país sin el permiso del otro padre, a pesar de
que el otro padre tiene el derecho de participar en la decisión sobre el lugar de
residencia de su(s) hijo(s); - negarse (sistemáticamente) a colaborar a fin de establecer un régimen
internacional de visitas entre el/los hijo(s) y el otro padre; o - no dar permiso al otro padre para que vuelve a su país de origen con su(s) hijo(s).
La solución de tales casos transfronterizos requiere una colaboración y unos
conocimientos internacionales.
La Dutch Association of International Child Abduction Lawyers (en abreviatura:
D.I.A.L.) consiste de abogados independientes especializados en secuestros infantiles,
regímenes internacionales de custodia y visitas, y casos de traslado y mudanza.
¿Para qué hacerse representar por un abogado de la D.I.A.L.?
- La Dutch Association of International Child Abduction Lawyers es miembro de
LEPCA, una asociación de abogados especializados en el secuestro infantil
internacional en la Unión Europea. - Los abogados disponen de conexiones en todo el mundo y de redes de abogados y
otros especialistas dentro y fuera de Europa para resolver, de forma profesional y
adecuada, casos de secuestro infantil, regímenes de visitas y custodia
internacionales y traslados y mudanzas, que en su mayoría son muy complicados. - Los abogados tienen un conocimiento actualizado del Convenio de La Haya sobre
la Sustracción de Menores, el Convenio Europeo sobre Sustracción de Menores,
la Ley de ejecución acerca de los Convenios sobre Sustracción de Menores, el
Reglamento de Bruselas II ter, la Convención Internacional de los Derechos del
Niño, el Convenio de La Haya sobre la Protección de Niños de 1961 y el
Protocolo de Cooperación sobre la Restitución del Niño. - Los abogados de D.I.A.L. mantienen actualizados sus conocimientos mediante la
formación anual y a través de la intervisión. - Los abogados de D.I.A.L. conocen, cada uno en su país, a los socios involucrados,
tales como la Autoridad Central, el centro de información sobre el secuestro
infantil, la gendarmería, la policía, el ministerio de Asuntos Exteriores, el Consejo
para la Protección de Menores, los servicios de atención a la juventud, etc.
Pueden referirse a estos abogados tanto los padres que se ven enfrentados con un
(posible) secuestro infantil internacional y los padres que no consiguen comunicarse con
su(s) hijo(s) y que desean establecer un régimen de contacto y custodia internacional,
como los padres que tienen hijos de una relación internacional y que buscan asistencia en
relación con un traslado o una mudanza.
Los abogados de D.I.A.L. asisten a los padres ofreciéndoles asesoramiento, orientación e
información en un proceso de mediación transfronteriza para llegar a un régimen
internacional de custodia y visitas, o para establecer un régimen sobre la residencia
habitual del hijo, pero también en procedimientos judiciales que pueden tener como
objeto, por ejemplo, restablecer el statu quo y permitir que el tribunal competente del país
de residencia del hijo antes del secuestro decida sobre la residencia el hijo, establezca un
régimen de contacto internacional o dé el permiso a un padre para volver con el hijo a su
país de origen.
Nos centramos siempre en su(s) hijo(s), ya que su bienestar no tiene fronteras.